martes, 19 de febrero de 2013

La Casa de Aurelia


El caso de Aurelia Rey, la octogenaria de A Coruña que vive en el alambre pendiente de un desahucio de su piso de alquiler, demuestra que las leyes, en ocasiones, fallan. Lo que ha trascendido es que hay una sentencia de desahucio por impago, retraso más bien del pago, de un mes de alquiler. Es evidente que un juez fundamenta su sentencia y que dicha sentencia se adapta a la ley, y que esa legislación no es capaz de contemplar excepciones en su aplicación.

Aquí es donde está el fallo, no hay resquicio para considerar que la mujer, anciana, lleva más de un tercio de su vida en esa casa, ni que ha hecho frente al pago de todas las mensualidades, con retraso en dos ocasiones ¿en 30 años? A lo largo de un período así de largo cualquiera, por buena voluntad que tenga, se vería apretado en alguna ocasión para efectuar algún pago, y si pagas 126 euros cobrando 356…ya ni te cuento.

Decía Ana Pastor, cuando presentó la norma del desahucio exprés que "lo que se quería era reducir el procedimiento tedioso que se tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar una resolución de desahucio, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar aunque se le dé más plazo".

Pues es evidente que en este caso la Ministra se equivocaba, el que se retrasa, a veces , paga. Pero la norma no admite considerar matices y, visto lo visto, reduce el margen para atender excepcionalidades como las que hay claras en este caso.

Podemos debatir sobre que es un asunto civil entre particulares, que las normas están para cumplirlas, que no le corresponde, más allá de la moral individual, a los dueños de la vivienda valorar circunstancias de carácter social de la inquilina, pero lo que es cierto es que al final, le hayan ofrecido una vivienda en régimen de alquiler social en otro lugar, una plaza en una residencia de ancianos, o la prórroga durante dos meses si definitivamente acepta irse, todos los que hemos conocido este caso, nos quedamos con la sensación de que algo ha fallado, de que treinta años de recuerdos asociados a un hogar no se pueden hacer desaparecer por sentencia ni por el fallo mínimo de haberse retrasado un par de veces en las más de trescientas cincuenta ocasiones en que sí cumplió.

Y ahí es donde se justifica la presencia de representantes públicos de partidos de izquierda. En que somos conscientes de que la maquinaria ha fallado, y que hay que mejorarla, más allá de este caso particular, circunstancias excepcionales en casos similares, o completamente diferentes, deberían de encontrar encaje legal.

Promover la modificación de la norma es una responsabilidad que asumimos tácitamente las personas que hemos estado delante de la Casa de Aurelia.

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